AYUNTAMIENTO DE DONOSTIA-SAN SEBASTIAN
Centro de Atracción y Turismo
BASES
PARA LA REGATA DE LA CONCHA 2006
Acuerdo de 27 de julio de 2.006, de la Junta Rectora, por la que se
convoca la Bandera de La Concha 2006 La Junta Rectora del C.A.T. del
Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián, en sesión de
27 de julio de 2.006, ha resuelto proceder a la Convocatoria de la
Bandera de La Concha 2006 con arreglo a las siguientes bases:
1.-
La organización de la “Bandera de La Concha” es
competencia del organismo autónomo municipal C.A.T.
2.- El evento “Bandera de La Concha” comprende
tanto las pruebas eliminatorias como las regatas finales.
3.- Fecha de la clasificatoria entre tripulaciones donostiarras.
La prueba clasificatoria entre tripulaciones donostiarras se realizará,
en su caso, el día 17 de agosto de 2006, a las 19.00 h.
4.- Fecha de la clasificatoria general.
La prueba para la clasificación de las restantes siete tripulaciones
se realizará el jueves 31 de Agosto de 2006 a las 18.30 h.
5.- Fechas de celebración de las regatas finales.
Las regatas finales se celebrarán los días 3 y 10 de
septiembre de 2006 a las 12:00h. del mediodía.
6.- Colaboradores de la organización.
El C.A.T. en su calidad de organizador de la Bandera de La Concha
podrá establecer convenios con clubes de remo, federaciones
deportivas y cualesquiera otras entidades públicas o privadas.
7.- Inscripciones.
1.- Las inscripciones para tomar parte en las Regatas deberán
ser presentadas por las tripulaciones interesadas antes de las 12:00h
del día 16 de Agosto de 2006, por escrito y presentando las
hojas de inscripción en las oficinas del C.A.T. de Donostia-San
Sebastián (Reina Regente, 3), vía fax al número
943.48.11.77 o por correo electrónico a la dirección
donostiakofestak@donostia.org.
2.- Los miembros de las tripulaciones que deseen participar en la
competición deberán estar en posesión de licencia
autonómica y/o estatal emitida por la federación correspondiente.
A pesar de dicho requisito, el evento no tendrá naturaleza
federativa.
3.- Podrán inscribirse todas las tripulaciones guipuzcoanas
que participen en la liga ARC de traineras y que hayan participado
en el Campeonato Territorial de Gipuzkoa
4.- Podrán también solicitar su inscripción todas
las tripulaciones que componen la Liga ACT de traineras.
5.- Podrán asimismo solicitar la inscripción:
a.- La tripulación gallega que no participando en la liga ACT,
a fecha 15 de agosto de 2006, tenga la mejor puntuación dentro
de la Liga Noroeste de Traineras.
b.- La tripulación cántabra que no participando en la
liga ACT, a 15 de Agosto de 2006, tenga la mejor puntuación
dentro de la liga ARC - A.
c.- Las tres primeras tripulaciones vizcaínas que, no participando
en la Liga ACT, a 15 de Agosto de 2006, tenga la mejor puntuación
dentro de la liga ARC - A.
d.- Una tripulación de Iparralde. Si el número de tripulaciones
en activo fuese superior a una, podrá participar la tripulación
de Iparralde que, a 15 de Agosto de 2006, tenga la mejor puntuación
dentro
de la liga ARC-A o equivalente.
e.- La tripulación asturiana que participe en cualquiera de
las ligas mencionadas anteriormente. Si el número de tripulaciones
en activo fuese superior a una, podrá participar la tripulación
de Asturias que, a 15 de Agosto de 2006, tenga la mejor puntuación
dentro de la liga en la que participen.
Será requisito imprescindible en todos los casos para solicitar
la inscripción el haber participado en el correspondiente Campeonato
Territorial.
6.- Únicamente se admitirá la inscripción de
una tripulación por cada club de remo.
7.- El C.A.T. podrá invitar a inscribirse a aquella tripulación
que, por razones extraordinarias, no haya podido disputar los campeonatos
mencionados en esta Base.
8.- En la solicitud de inscripción se indicará el color
de las camisetas que la tripulación vestirá en la regata.
9.- La inscripción en la Bandera de La Concha supone la aceptación
íntegra de las presentes bases y de los reglamentos establecidos
en la Base 18 de la presente Normativa.
8.- Órganos de las Regatas.
Serán órganos de las regatas:
a.- El Comité Organizador de la Regata. Serán miembros
del Comité el Presidente – Vicepresidente- C.A.T., la
Directora y otra persona designada por el organismo autónomo.
El C.A.T. podrá solicitar la participación en el Comité
de las entidades con las que se establezcan convenios de diversa índole
que estén directamente relacionadas con el desarrollo de la
prueba en su faceta organizativa.
b.- El Jurado de Regata.
Los miembros del Jurado serán designados por el Presidente
del C.A.T., a propuesta de la Directora, de entre los árbitros
- jueces propuestos por la Federación Vasca de Remo. La función
de este Jurado consistirá, básicamente, en cuidar que
se observen las normas técnicas y deportivas en las regatas,
sin que sean de su competencia los actos organizativos como pueden
ser el sorteo de calles, tandas, etcétera.
9.- Reuniones del Comité Organizador antes de las regatas.
1.- La reunión del Comité Organizador antes de la prueba
clasificatoria de la trainera donostiarra se realizará, en
su caso, con los delegados de las tripulaciones participantes el día
17 de agosto a las 18.00h en el Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián.
2.- La reunión del Comité Organizador antes de laprueba
clasificatoria general se realizará con los delegados de las
tripulaciones participantes el día 31 de Agosto a las 16.30
h. en el Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián.
3.- La reunión del Comité Organizador de las Regatas
con los delegados de las tripulaciones participantes en las pruebas
de los días 3 y 10 de septiembre se realizará cada uno
de estos días a las 10:00 h. de la mañana en el Ayuntamiento
de Donostia-San Sebastián.
10.- Las tripulaciones.
1.- Cada tripulación se compondrá de trece remeros y
el patrón. La sustitución de remeros de una jornada
a otra se sujetará a lo dispuesto en el Reglamento de regatas
de banco fijo que resulte de aplicación conforme a lo establecido
en la Base 18.
2.- Para cuidar de la vistosidad y buen orden de la regata, todas
las tripulaciones, desde el momento en que salgan desde la rampa del
puerto hasta su arribada, deberán vestir la camiseta de su
tripulación con el color indicado en la solicitud de inscripción.
Excepcionalmente, se permitirá el uso de chándal o prenda
deportiva de similares características si así lo aconsejaran
las condiciones climáticas o deportivas, pudiendo figurar en
dichas prendas únicamente el nombre o logotipo del patrocinador,
el nombre del club y el del pueblo al que representan, además
del nombre de la trainera.
11.- Las traineras.
1.- Las traineras que se empleen en las regatas se someterán
en lo relativo a peso, medidas y características a las normas
que resulten de aplicación conforme a lo establecido en la
Base 18. Estas normas federativas serán también aplicables
a los demás elementos de la trainera tales como remos de repuesto,
botaguas, etcétera.
2.- En la fecha y hora que oportunamente se comunicará a los
clubes participantes, se procederá al pesaje de las embarcaciones
en la báscula que se instalará al efecto en las inmediaciones
de la zona de embarque para la prueba.
3.- Las traineras podrán llevar inscrito su nombre y el del
patrocinador de la embarcación así como el nombre del
club y el del pueblo al que representan.
4.- Se prohibe expresamente llevar en las embarcaciones o sobre los
remeros o en sus prendas cualquier tipo de inscripciones, pancartas,
carteles o elementos propagandísticos distintos a los del respectivo
patrocinador.
5.- Los clubes participantes deberán aceptar la inclusión
en sus embarcaciones de los dispositivos técnicos que decida
la organización de la Bandera de La Concha con el objeto de
mejorar y optimizar el desarrollo de la prueba. Aceptarán asimismo
la inclusión en sus embarcaciones de elementos de audio y/o
imagen que faciliten la retransmisión de la prueba.
12.- Clasificación de traineras donostiarras.
1.- En la regata clasificatoria de traineras donostiarras para la
Bandera de la Concha, resultará clasificada la trainera que
logre la primera posición en la misma.
2.- La citada trainera competirá en la prueba regulada en la
Base 4 de esta Convocatoria junto a las siete traineras clasificadas
para las regatas finales.
3.- Si concurriese un único club donostiarra quedará
clasificado automáticamente para participar en la Bandera de
La Concha.
13.- Regata previa clasificatoria.
1.- Si el número total de tripulaciones interesadas en participar
en la Bandera de la Concha excediese de siete se celebrará
una regata previa para realizar la selección de las siete traineras
que podrán participar en la misma.
2.- En lugar y hora que se indican en el art. 8.2 de la presente normativa,
se celebrará una reunión entre el Comité Organizador
y los delegados de los clubes de cada tripulación. En la misma
se darán las últimas instrucciones relativas a la regata
y se deberá entregar a la organización la lista definitiva
de remeros con los que participará cada club.
3.- Resultarán seleccionadas las tripulaciones que se clasifiquen
en los siete primeros puestos de la regata previa clasificatoria.
4.- El Comité Organizador formará dos grupos entre las
traineras inscritas en función del nivel deportivo demostrado
por las mismas a lo largo de la temporada en curso.
5.- A continuación, se realizará el sorteo del orden
de salida de los grupos y de las tripulaciones dentro de cada grupo.
6.- Si al grupo de menor nivel deportivo le correspondiese salir en
primer lugar, se establecerá una diferencia de tiempo de dos
minutos para la salida del segundo grupo.
7.- La salida de traineras dentro de cada grupo se producirá
en intervalos de un minuto, concediéndose un margen máximo
de quince segundos para la salida.
8.- El cómputo del tiempo correrá desde el inicio.
9.- La regata contrarreloj será de una distancia total (ida
y vuelta) de tres millas con una sola ciaboga, dividida en dos largos
de idéntico recorrido. La virada de la ciaboga se realizará
por babor.
10.- A lo largo del recorrido se colocarán balizas intermedias
de referencia.
11.- Producida la rotura de algún elemento de alguna trainera
dentro de los veinte segundos siguientes a la salida en la regata
previa clasificatoria, la tripulación afectada volverá
a salir en último lugar. El tiempo máximo que se concederá
a la tripulación afectada será el que separe las salidas
de la primera y la última trainera en la tanda correspondiente.
14.- Preparación de las regatas finales.
1.- Media hora después de la finalización de la regata
previa clasificatoria se realizará una reunión con los
delegados de las tripulaciones clasificadas en el Ayuntamiento de
Donostia-San Sebastián para el sorteo de las tandas que corresponderán
a las tripulaciones en la primera prueba.
2.- El orden de balizas se sorteará el mismo día de
celebración de las regatas, previa comprobación de su
estado.
3.- Con una antelación de media de hora al comienzo de cada
prueba, las tripulaciones deberán someterse al control de embarque
que realizará el árbitro de control correspondiente,
al objeto de que verifique la coincidencia entre la inscripción
realizada y la tripulación de cada una de las embarcaciones.
4.- Las embarcaciones participantes deberán estar preparadas
cinco minutos antes de la hora oficial de inicio de la regata. Se
dará salida nula a los infractores.
5.- El mismo día de la celebración de las dos pruebas
y en el lugar y la hora que se indican en el art. 8.2 de la presente
normativa, se realizará una reunión del Comité
Organizador de Regatas con los delegados de las tripulaciones participantes
en las mismas.
15.- Desarrollo de la prueba.
1.- La Bandera de La Concha culminará con dos regatas finales
de una distancia total (ida y vuelta) de tres millas cada una con
una sola ciaboga, divididas en dos largos de idéntico recorrido.
La virada de la ciaboga se realizará por babor.
• La Primera regata: Se celebrará el primer domingo de
septiembre y tomarán parte en ella las traineras clasificadas
que cumplan los requisitos exigidos, sorteándose las tandas
y las balizas.
• La Segunda regata: Se celebrará el siguiente domingo.
En la primera tanda de esta segunda regata regatearán las cuatro
tripulaciones que hayan obtenido peor tiempo en la primera regata
y en la segunda tanda participarán las tripulaciones que hayan
obtenido los mejores tiempos.
2.- La clasificación definitiva de la prueba se obtendrá
computando los tiempos que cada una de las embarcaciones haya empleado
en el recorrido de las dos regatas anteriores, obteniendo el primer
lugar la tripulación que sume menor tiempo.
3.- La rotura de algún elemento de alguna trainera dentro de
los veinte segundos siguientes a la salida en las dos tandas de los
dos domingos de las regatas finales supondrá la detención
de la tanda, reanudándose la misma una vez la trainera en cuestión
haya solucionado la rotura. Comprobada la gravedad de la rotura el
Juez-árbitro podrá decidir la reanudación de
la tanda sin la trainera averiada.
4.- En el supuesto de que una climatología adversa, u otra
circunstancia extraordinaria, obligase a suspender cualquiera de las
regatas, corresponderá al Comité Organizador determinar
la fecha y hora en que se celebrarán las mismas. Como regla
general, y sin perjuicio de lo que el Comité pueda decidir
en cada caso, se establece un plazo de cuarenta y ocho horas para
la celebración de la primera regata, celebrándose la
segunda regata en el plazo de los siete días siguientes. En
caso de suspensión, la Bandera y los demás premios habrán
de adjudicarse igualmente previa celebración de las dos regatas.
16- Dietas
Las dietaspara las tripulaciones que participen en la regata clasificatoria
previa. Las tripulaciones que participen en la regata clasificatoria
percibirán una dieta cuyo cálculo se realizará
teniendo en cuenta el siguiente baremo:
Dieta para tripulaciones cuyo lugar de origen diste hasta 150 km.
de Donostia-San Sebastián: 300 €
Dieta para tripulaciones cuyo lugar de origen diste hasta 400 km.
de Donostia-San Sebastián: 500 €
Dieta para tripulaciones cuyo lugar de origen diste más de
400 km. de Donostia-San Sebastián: 700 €
17.- Los premios de las regatas.
1.- Las tripulaciones participantes en las regatas obtendrán
los siguientes premios:
• Primer clasificado: Bandera de Honor y 18.000 €
•Segundo clasificado: 12.200€
•Tercer clasificado: 9.150€
•Cuarto clasificado: 7.400€
•Quinto clasificado: 5.250€
•Sexto clasificado: 4.500€
•Séptimo clasificado: 4.000€
•Octavo clasificado: 4.000€
2.- La entrega de la Bandera de Honor se efectuará tras la
finalización de la segunda regata en la bahía de La
Concha y desde una embarcación. El resto de los galardones
o premios se entregará en el Salón de Plenos del Ayuntamiento
de Donostia-San Sebastián.
18.- Responsabilidades.
Los clubes, sus deportistas, técnicos y demás personas
que tomen parte en las regatas asumen voluntariamente los riesgos
de la actividad deportiva en la que participan, no asumiendo la entidad
organizadora ninguna obligación en caso de accidente antes,
durante o después de las pruebas, salvo que intervenga culpa
o negligencia imputable a la organización.
19.- Reglamentación.
1.- El C.A.T. aplicará en el desarrollo de este evento deportivo
las siguientes normas:
a.- Resolución de 21 de diciembre de 2005, de la Presidencia
del Consejo Superior de Deportes, por la que se aprueba la lista de
sustancias y grupos farmacológicos prohibidos y de métodos
no
reglamentarios de dopaje.
b.- Reglamento vigente de Control de Dopaje de la Federación
Española de Remo, aprobado por la Comisión Directiva
del Consejo Superior de Deportes.
c.- Reglamento vigente de Regatas de Banco Fijo de la Federación
Española de Remo, aprobado por la Comisión Directiva
del Consejo Superior de Deportes.
d.- Reglamento vigente de Disciplina Deportiva de la Federación
Española de Remo, aprobado por la Comisión Directiva
del Consejo Superior de Deportes.
En la aplicación de la normativa señalada se tendrán
en consideración las siguientes particularidades:
1.- Composición de las tandas: las tandas de los dos domingos
de la Bandera de la Concha no podrán estar compuestas por menos
de 4 embarcaciones, salvo fuerza mayor y/o penalización de
expulsión.
2.- Recorrido: Cada tripulación deberá procurar hacer
su recorrido por la calle asignada, debiendo realizar la ciaboga por
la baliza de la misma calle, aunque esto no impedirá que pueda
llegar a la meta por cualquier calle, siempre que a juicio del Juez-Arbitro
no entorpezca a otra embarcación.
3.- Salidas en falso: la primera salida en falso de cualquiera de
las embarcaciones se penalizará con una advertencia por parte
del Juez-Arbitro de salida. La segunda salida en falso supondrá
la
descalificación.
4.- Homologación: las embarcaciones que participen en la Bandera
de la Concha deberán estar homologadas por sus respectivos
constructores. El certificado de homologación deberá
ser presentado a la organización junto al impreso de inscripción.
5.- Coaching: se autoriza el asesoramiento a los remeros o equipos
en competición mediante equipos eléctricos, electrónicos
o de otro tipo (radio, …). 2.- El Presidente del C.A.T., a propuesta
de la Dirección del Organismo Autónomo, quedará
facultado para aprobar las normas particulares y adaptaciones de dichos
reglamentos que exija el correcto desarrollo del evento en función
de la organización propia de la regata y de las presentes bases.
De sus resoluciones dará cuenta a la Junta Rectora para su
conocimiento y se publicarán en la web del C.A.T. (www.sansebastianturismo.com).
20.- Régimen disciplinario.
1.- El régimen disciplinario se extiende a las infracciones
de las presentes bases o de las reglamentaciones señaladas
en la Base 18 y se regirá por el Reglamento de Disciplina Deportiva
señalado en dicha Base.
2.- La potestad disciplinaria del C.A.T. recaerá sobre los
deportistas, técnicos, clubes y todas aquellas personas físicas
o jurídicas que se encuentren en una relación de sujeción
especial como consecuencia de su inscripción y aceptación
de las presentes bases.
3.- El régimen disciplinario deportivo se entiende sin perjuicio
de la responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza, que se regirá
por sus propias normas.
4.- La potestad disciplinaria del C.A.T. será ejercida por
el Presidente a través de un expediente tramitado por la Directora
de dicho organismo con respeto a los principios y garantías
propias del régimen disciplinario deportivo.
5.- Las resoluciones disciplinarias dictadas por el Presidente C.A.T.
no serán susceptibles de recurso ante las federaciones deportivas
ni ante el Comité Vasco de Justicia Deportiva.
6.- Además de las sanciones previstas en el Reglamento de Disciplina
Deportiva que se aplica a esta Bandera de La Concha, el Presidente
del C.A.T. podrá imponer una sanción consistente en
la
reducción o pérdida del derecho a percibir los premios
o dietas previstas. Tal sanción se impondrá atendiendo
a la gravedad del hecho infractor.
21.- Sometimiento a Arbitraje
1.- Las controversias derivadas de las decisiones adoptadas tanto
por el Comité Organizador como por el Jurado de Regata serán
resueltas ante el Tribunal Español de Arbitraje Deportivo del
COE, cuya decisión o laudo definitivo agotará todas
las vías de impugnación posibles. Esta cláusula
tendrá la consideración de Convenio Arbitral, a los
efectos de lo previsto en el artículo 9 de la Ley 60/2003,
de 23 de diciembre, de Arbitraje.
2.- La solicitud de arbitraje deberá realizarse en el plazo
máximo de tres días hábiles a contar desde el
día siguiente a la notificación.
22.- Interpretación de las presentes bases.
Las dudas o lagunas que puedan surgir en la interpretación
o aplicación de las presentes bases y de los reglamentos citados
en la Base 18 serán resueltas por el Presidente del C.A.T.,
previa propuesta de la Dirección del organismo autónomo.
De dichas resoluciones se dará cuenta a la Junta Rectora para
su conocimiento y se publicarán en la web del C.A.T.
23.- Determinación de plazos, fechas, horas y lugares.
Corresponderá al Presidente del C.A.T., a propuesta de la Dirección
del Organismo Autónomo, la determinación de las fechas,
horas y lugares de celebración de las distintos actos o pruebas,
si como consecuencia de hechos extraordinarios, hubiera que modificar
el calendario establecido en las presentes Bases. De sus resoluciones
dará cuenta a la Junta Rectora para su conocimiento y se publicarán
en la web del C.A.T